¿Quiénes pueden votar en la Elección de Directores Nacionales?
– Todos los trabajadores que son socios del Sindicato BancoEstado y que, por lo tanto, cotizan el 1% de su remuneración, afiliados a la Organización con una anticipación de a lo menos 90 días a la fecha de la Elección (artículo vigésimo primero de los Estatutos).
¿Por cuántas personas se puede votar?
– Cada trabajador dispondrá de hasta seis preferencias (artículo vigésimo segundo de los Estatutos).
¿Quiénes resultarán elegidos?
– Los candidatos que obtengan las 11 primeras mayorías relativas (artículo vigésimo quinto de los Estatutos).
Sin embargo, en el caso de nuestro Sindicato y de acuerdo a lo que establece el Código del Trabajo, la proporción de mujeres en la Directiva debe ser a lo menos de 4 directoras. Por lo tanto, de no alcanzarse dicho número, se aplicará lo establecido en los artículos décimo noveno y vigésimo quinto de los Estatutos.
¿Cómo se conformará la nueva Directiva?
– Dentro de los siete días siguientes a la Elección, los 11 directores elegidos determinarán los cargos de Presidente Nacional, Vicepresidente Nacional, Secretario Nacional, Tesorero Nacional, Secretario Nacional Adjunto y Tesorero Nacional Adjunto. Los otros cinco miembros electos de la Directiva detentarán el cargo de Directores Nacionales (artículo vigésimo sexto de los Estatutos).
¿Cómo se coordinará la Elección de Directores Nacionales?
– El Sindicato remitirá a los delegados sindicales el Reglamento de la Elección, para que coordinen en sus respectivas sucursales y áreas, todos los detalles del proceso, entre ellos, la presencia del Inspector del Trabajo u otro Ministro de Fe.
¿Dónde deben votar los trabajadores?
– Los trabajadores deben votar en sus respectivas oficinas, secciones o áreas de acuerdo a lo señalado por Sindicato en Informativo que será enviado a la brevedad.
En la sede sindical el horario de la votación será de 08:30 a 19:00 horas.
En Casa Matriz de 10:00 a 18:00 horas.
En sucursales del país (excepto Región Metropolitana): de común acuerdo entre el delegado sindical y el Inspector del Trabajo u otro Ministro de Fe (Oficial del Registro Civil o Notario).
En Región Metropolitana, entre las 09:00 y las 17:00 horas, según recorrido que dispondrá la Inspección del Trabajo.
¿Cómo puede votar un trabajador que está con licencia, con teletrabajo o que por cualquier otro motivo no puede ir a su oficina?
– Debe ir a la sucursal más cercana o a la sede del Sindicato, con su última liquidación de sueldo, TIBE y cédula de identidad a efectos de votar en presencia del Inspector del Trabajo u otro Ministro de Fe.
¿Cómo puede votar un trabajador que está en comisión de servicio o participa de un taller o seminario en algún recinto de BancoEstado?
– Si está en comisión de servicio debe votar en la sucursal o área, donde está trabajando; si asiste a un taller o seminario, debe votar en la mesa instalada en dicho recinto, presentando su última liquidación de sueldo, TIBE y cédula de identidad, ante el Inspector del Trabajo u otro Ministro de Fe.
¿Dónde deben votar los trabajadores de las Áreas Centrales (Edificios Matrices), que no aparecen en las nóminas de su oficina?
– Lo primero es revisar el padrón electoral que se publicará en la Intranet de la página del Sindicato. El trabajador debe asegurar que cumple con los requisitos de antigüedad establecidos en el artículo vigésimo primero de los Estatutos del Sindicato. En el caso de no aparecer en el padrón, pero cumplir con la antigüedad de 90 días como socio, debe contactar al TRICEL.
En caso que la mesa asignada se encuentre en otro Edificio y no en el lugar físico donde realiza su trabajo, deberá también contactar al TRICEL a los teléfonos: 2970 73 04 – 2970 73 07 o escribir a la casilla: sindicato@bancoestado.cl
¿Cuándo un voto se considera nulo?
– Se considerará nulo el voto que contenga más de seis preferencias. También se considerará nula la preferencia marcada a favor de una persona que no haya sido acreditada como candidato en la forma prevista en el artículo vigésimo segundo de los Estatutos.
¿Qué pasa si hay igualdad de votos en el último cargo a ocupar?
– Si se produce igualdad de votos en el último cargo se resolverá de acuerdo a lo establecido en el artículo décimo noveno y vigésimo quinto de los Estatutos.
Finalmente, para otras interrogantes o más información, revisar los Estatutos del Sindicato, publicados en la página web de la Organización, www.sindicatobancoestado.cl o escribir al correo electrónico, sindicato@bancoestado.cl